Contratación estatal en Costa Rica, principios y finalidad:

Nuestra Constitución Política se compone de una diversidad de principios de todo tipo y de diferente naturaleza (económica, social, cultural, entre otros…), los cuales se constituyen como la columna vertebral de todo el ordenamiento jurídico, en tanto informan, orientan y limitan la actuación de los poderes públicos.Paralelamente, contiene una serie de derechos y libertades individuales que en conjunto con los principios se encargan de deslindar los alcances del poder público, lo cual sin lugar a dudas tiene especial trascendencia en las distintas actuaciones administrativas.

El procedimiento de contratación debe entenderse, como el mecanismo más apto para el control de la Hacienda Pública y de los recursos financieros del Estado, con el fin primordial que se promueva una sana administración de los fondos públicos, constituyéndose, entonces, en principio de orden público, derivado de la Constitución Política, en tanto resulta el “medio idóneo para la selección del cocontratante de la Administración, con el fin de satisfacer el interés público. 

Precisamente, es el interés público el elemento que da fundamento jurídico al procedimiento de licitación; motivos adicionales, pero complementarios, como el pretender las mejores condiciones técnicas y económicas para la Administración y el garantizar la igualdad de oportunidad para las posibles personas interesadas en contratar con ésta y el promover la más amplia competencia,constituyen la justificación jurídica de la escogencia de la licitación como el medio por el cual debe verificarse la contratación administrativa

En este orden de ideas, por licitación debe entenderse el mecanismo, modalidad, medio o conjunto de principios a los que debe sujetarse el Estado -en el sentido más amplio- para poder realizar su actividad de contratación, por cuanto en ella se dan cumplimiento los principios constitucionales que informan la contratación administrativa: libre concurrencia, igualdad, publicidad, transparencia y controles, entre otros.

La licitación es un procedimiento administrativo tipificado por una serie de actos cuyo principal objetivo es la selección del contratista más idóneo, para lo cual se cursa invitación en forma pública y general a los potenciales oferentes, para que éstos hagan llegar su ofertas a la Administración contratante, con la finalidad de que ésta las estudie, clasifique y adjudique de acuerdo con las condiciones establecidas en el cartel, o declare desierto el concurso, si las mismas no se ajustan a los requisitos establecidos, todo lo anterior, se repite, con el objeto de sanear la administración de los fondos públicos, los procedimientos de contratación son un medio y no un fin en sí mismos.