Criterios de contratación pública estratégica: una guía práctica para su implementación

Importancia de los criterios de contratación pública estratégica y su marco legal.

En los últimos años, la contratación pública ha experimentado una transformación significativa, pasando de ser un proceso meramente administrativo a convertirse en una herramienta estratégica para promover objetivos sociales, económicos, ambientales, culturales, de calidad e innovación. Esta nueva visión se encuentra respaldada por la Ley General de Contratación Pública N°9986 y su Reglamento, los cuales establecen el marco legal para la incorporación de criterios de contratación pública estratégica en los pliegos de condiciones.

Requisitos normativos para la implementación de criterios de contratación pública estratégica:

a. Vinculación al objeto contractual: 

“El artículo 21 LGCP dispone que la aplicación de estos criterios se hará atendiendo a las particularidades del objeto contractual, el mercado y las disposiciones que sobre el particular contemple el reglamento.” (Cita de la resolución R-DCA-SICOP-00529-2023)

b. Análisis o lecturas de mercado:

“Para la aplicación de criterios de contratación estratégica, se requiere que la Administración apoye el requerimiento en un proceso de investigación de mercado así como en una consulta preliminar al mercado complementada con ejercicios de vigilancia tecnológica cuando corresponda…” (Artículo 56 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública)

c. Características de las cláusulas (objetividad, verificabilidad y pertinencia):

“…en la incorporación de esos criterios se deberán respetar los principios de contratación pública, así como plantearse dichos criterios de manera objetiva, verificable y atinente al objeto contractual.” (Artículo 21 de la Ley General de Contratación Pública)

“…deberá asociarse con el objeto contractual, salvo que en el Plan de Acción o en los lineamientos respectivos para ejecutar el Plan Nacional de Compra Pública se requieran otras posibilidades para el mejor cumplimiento de los objetivos de contratación pública estratégica”. (Artículo 57 del Reglamento)

d. Límite reglamentario del 25%:

“…no podrán superar un veinticinco por ciento (25%), del total de la valoración prestablecida en el pliego de condiciones, incluido en su caso, el porcentaje previsto en el párrafo primero del artículo 23 de la Ley General de Contratación Pública, el previsto en el artículo 55 de este Reglamento, así como los previstos en otras disposiciones legales y reglamentarias vigentes.” (Artículos 55 y 96 del Reglamento)

Integración de otras normas legales y reglamentarias especiales relacionadas con criterios de contratación pública estratégica.

Además de la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento, es importante considerar otras normas legales y reglamentarias relacionadas con criterios de contratación pública estratégica, como la Ley para la Gestión Integral de Residuos, Ley N°8839, la Ley de Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas, Ley N°8262, y el Decreto Ejecutivo N°42709-H-MEIC-MTSS-MINAEMICITT sobre incentivos para la participación de empresas, pyme y empresas de la economía social en las compras públicas.

Obligación de verificación por parte de la Administración en la implementación de estos criterios.

El artículo 59 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública establece la obligación de la Administración contratante de verificar los requisitos que fueron analizados en la evaluación de ofertas y su cumplimiento en fase de ejecución, con el objetivo de asegurar su cumplimiento y garantizar la debida consecución de los objetivos establecidos en el Plan Nacional de Compra Pública.

Conclusiones y recomendaciones para una adecuada implementación de los criterios de contratación pública estratégica.

La incorporación de criterios de contratación pública estratégica representa una oportunidad para promover objetivos sociales, económicos, ambientales, culturales, de calidad e innovación en los procesos de contratación. Sin embargo, su implementación requiere un análisis exhaustivo y el cumplimiento de requisitos normativos específicos.

Es fundamental que la Administración, cuente con personal capacitado, que realice un análisis detallado de la vinculación de estos criterios con el objeto contractual, así como un estudio de mercado que respalde su aplicación. Además, deben asegurarse de que los criterios establecidos sean objetivos, verificables y pertinentes.

Finalmente, es crucial que la Administración cumpla con su obligación de verificar el cumplimiento de estos criterios durante la fase de ejecución, garantizando así la consecución de los objetivos establecidos en el Plan Nacional de Compra Pública.