Sobre la resolución y la rescisión contractual
En el ámbito de la contratación pública, las partes involucradas son la Administración Pública y un particular o, como en algunos casos, otra institución pública. Ambas partes aportan sus voluntades para formar un contrato regulado por el cartel de contratación correspondiente. La elección del contratante es una prerrogativa de la Administración, permitiéndole ejercer una elección libre, salvo ciertas excepciones.
Un contrato administrativo se caracteriza por derechos y obligaciones recíprocas. El contratista tiene derecho a la ejecución del objeto contratado y al pago de los precios acordados. Por su parte, la Administración puede fiscalizar, impartir instrucciones y realizar modificaciones dentro del marco del contrato, ejerciendo así sus potestades de imperio.
Terminación Anticipada del Contrato: Resolución y Rescisión
Resolución Contractual
La resolución contractual permite a la Administración resolver unilateralmente el contrato en caso de incumplimiento grave imputable al contratista. Este procedimiento debe respetar todas las garantías del debido proceso, asegurando una evaluación justa de los hechos y permitiendo al contratista presentar su defensa.
Rescisión Unilateral
Nuestro ordenamiento jurídico permite la rescisión unilateral de contratos por razones de interés público, caso fortuito o fuerza mayor. La Administración debe emitir una resolución razonada y cancelar al contratista la parte efectivamente ejecutada del contrato, así como los gastos probados. Además, en caso de motivos de interés público, se puede reconocer al contratista daños y perjuicios, incluyendo lucro cesante dentro de criterios de razonabilidad y proporcionalidad.
Rescisión por Mutuo Acuerdo
Aplica cuando existen razones de interés público y no concurre causa de resolución imputable al contratista. En este caso, la Administración y el contratista acuerdan las sumas a liquidar, siempre dentro de los límites de razonabilidad y proporcionalidad, y la liquidación, al igual que la unilateral, es enviada, en ciertos casos, a la Contraloría General de la República para su aprobación.
Palabras Finales
La regulación de la terminación anticipada en los contratos administrativos, ya sea por resolución unilateral o rescisión (unilateral o por mutuo acuerdo), proporciona un marco claro para la protección de los intereses públicos y contractuales. Es esencial que estos procedimientos se lleven a cabo con transparencia y respeto al debido proceso, asegurando la legalidad y equidad en la relación contractual.