¿Es viable utilizar ofertas recibidas para determinar la razonabilidad de precios en la contratación pública?

El oficio MH-DCoP-OF-0882-2024 de la Dirección de Contratación Pública (DCoP) arroja luz sobre una cuestión esencial para las instituciones públicas: la viabilidad de utilizar las ofertas presentadas en un concurso como insumo para realizar estudios de razonabilidad de precios. Este análisis, dirigido a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), subraya la importancia de los estudios previos y de mercado en la contratación pública.

¿Qué es un estudio de razonabilidad de precios?

Es un análisis técnico y económico que permite determinar si el precio ofertado por un proveedor en un proceso de contratación pública es razonable y adecuado. Su objetivo principal es garantizar que los fondos públicos se utilicen de manera eficiente, transparente y justa.

De acuerdo con el artículo 41 de la Ley General de Contratación Pública (LGCP), este estudio es obligatorio en todos los procesos de contratación pública. El Reglamento a la LGCP (artículo 44) define las reglas para su realización, destacando el uso de:

  • Datos del sistema digital unificado (SICOP).
  • Estudios o sondeos de mercado.
  • Insumos complementarios según las necesidades del caso.

¿Es viable usar ofertas recibidas como insumo?

La DCoP concluye que sí es viable, pero bajo ciertas condiciones:

  1. Objetividad y oportunidad: Las ofertas deben ser evaluadas en un contexto que asegure su relevancia y confiabilidad para el caso específico.
  2. Previsto en el pliego de condiciones: La metodología para determinar la razonabilidad de precios, incluyendo el uso de ofertas, debe estar definida en los estudios previos y en el pliego de condiciones.
  3. Concordancia con principios rectores: El análisis debe respetar los principios de igualdad, eficiencia, y transparencia.

No obstante, hay situaciones donde podría no ser adecuado, como en mercados reducidos o con sospechas de colusión entre oferentes.

La importancia de la planificación y los estudios previos

El oficio enfatiza la necesidad de realizar estudios de mercado antes de iniciar cualquier procedimiento de contratación. Estos estudios no solo permiten fundamentar los pliegos de condiciones, sino que también son esenciales para establecer parámetros claros de evaluación y razonabilidad de precios.

¿Cómo beneficia esto a la administración pública?

  • Mayor transparencia: Utilizar insumos variados, incluyendo ofertas, fortalece la trazabilidad de las decisiones.
  • Optimización de recursos: Permite identificar precios justos y evitar sobrecostos o adjudicaciones ruinosas.
  • Adaptación a cada caso: La normativa ofrece flexibilidad para considerar diferentes herramientas según las necesidades específicas.

Reflexión final

El análisis de razonabilidad de precios no solo es un requisito legal, sino una práctica indispensable para la buena gestión de los recursos públicos. La posibilidad de usar las ofertas presentadas en un concurso como insumo adicional abre una oportunidad para mejorar la eficiencia y transparencia en la contratación pública. Sin embargo, es fundamental garantizar que este enfoque esté respaldado por estudios previos sólidos, definidos en los pliegos de condiciones, y acorde con los principios de la contratación pública.

¿Qué opinas de este enfoque en los estudios de razonabilidad de precios? Comparte tus ideas en los comentarios y en redes sociales. Juntos podemos contribuir al fortalecimiento de la contratación pública en Costa Rica.